Artículo 1°.- Las personas nacen libres e iguales en
dignidad y derechos.
La familia es el núcleo CPR
fundamental de la sociedad. 24.10.1980
El Estado reconoce y ampara a los grupos intermedios a LEY N° 19.611 Art.
través de los cuales se organiza y estructura la sociedad y único
les garantiza la adecuada autonomía para cumplir sus Nº1 D.O. 16.06.1999
propios fines específicos.
El Estado está al servicio de la persona humana y su
finalidad es promover el bien común, para lo cual debe
contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a
todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad
nacional su mayor realización espiritual y material
posible, con pleno respeto a los derechos y garantías que
esta Constitución establece.
Es deber del Estado resguardar la seguridad nacional,
dar protección a la población y a la familia, propender al
fortalecimiento de ésta, promover la integración armónica
de todos los sectores de la Nación y asegurar el derecho de
las personas a participar con igualdad de oportunidades en
la vida nacional.