QUINTA.- No obstante lo dispuesto en el número 6º del CPR SEXTA
artículo 32, mantendrán su vigencia los preceptos legales DISPOSICION
que a la fecha de promulgación de esta Constitución TRANSITORIA D.O.
hubieren reglado materias no comprendidas en el artículo 24.10.1980
63, mientras ellas no sean expresamente derogadas por ley.