Artículo
22.- Todo habitante de la República debe CPR
respeto a Chile y a sus emblemas nacionales. 24.10.1980
Los chilenos tienen el deber fundamental de honrar a la
patria, de defender su soberanía y de contribuir a
preservar la seguridad nacional y los valores esenciales de
la tradición chilena.
El servicio militar y demás cargas personales que
imponga la ley son obligatorios en los términos y formas
que ésta determine.
Los chilenos en estado de cargar armas deberán
hallarse inscritos en los Registros Militares, si no están
legalmente exceptuados.