Artículo
39.- El ejercicio de los derechos y
garantías que la Constitución asegura a todas las personas CPR
sólo puede ser afectado bajo las siguientes situaciones de 24.10.1980
excepción: guerra externa o interna, conmoción interior, LEY N° 18.825
emergencia y calamidad pública, cuando afecten gravemente Art. único Nº18
el normal desenvolvimiento de las instituciones del Estado. D.O.
26.08.2005