VIGESIMOSÉPTIMA.- No obstante lo dispuesto en el
artículo 94 bis, los actuales consejeros del Consejo
Directivo del Servicio Electoral cesarán en sus cargos
según los períodos por los cuales fueron nombrados. Los
nuevos consejeros que corresponda designar el año 2017
durarán en sus cargos seis y ocho años cada uno, conforme
a lo que señale el Presidente de la República en su
propuesta. Asimismo, los nuevos nombramientos que
corresponda efectuar el año 2021 durarán en sus cargos
seis, ocho y diez años cada uno, conforme a lo que señale
el Presidente de la República en su propuesta. En ambos
casos, el Jefe de Estado formulará su proposición en un
solo acto y el Senado se pronunciará sobre el conjunto de
la propuesta.
Quienes están actualmente en funciones no podrán ser
propuestos para un nuevo período, si con dicha prórroga
superan el plazo total de diez años en el desempeño del
cargo.